reglamento general de gestión ambiental de la ley 1333

La Autoridad Ambiental Competente podrá requerir de las personas naturales y/o colectivas toda información científica y técnica sobre las actividades que realizan, en especial cuando utilicen sustancias, produzcan contaminantes y utilicen métodos con potencial para afectar negativamente el ambiente. endobj En ningún caso se permitirá proceder directamente al entierro de éstos. Prohibir lavar la maquinaria en los cuerpos de agua. Todos los desechos gaseosos deberán ser quemados, excepto durante el paro y puesta en marcha de las instalaciones, previa aprobación expresa de la OSC y la supervisión y fiscalización por parte de YPFB. Para dar curso a la misma, el denunciante deberá indicar: a) sus generales de ley; b) los datos que permitan identificar la fuente objeto de la denuncia; c) las normas ambientales vigentes incumplidas, si puede hacerlo. Disponer la tubería de forma que, a intervalos escogidos, se permita el paso de animales, el acceso de vehículos y el drenaje superficial. Para este efecto, deben usarse mantas de protección u otras técnicas cuando esta operación se realice cerca a lugares poblados. Instalar válvulas manuales de apertura y cierre, para controlar el drenaje de las áreas limitadas por los muros cortafuego. 1333 del Medio Ambiente, de 27 de abril de 1992. Los árboles que por su tamaño puedan ser de interés comercial, deben ser recuperados para los fines consiguientes, de acuerdo con los requerimientos de la AAC y la Ley de Medio Ambiente No 1333. Limpiar solamente con herramientas manuales las áreas cercanas a los cruces de agua hasta una distancia de l00 metros, así como las pendientes con inclinaciones mayores a 30%. El MDSMA, las Prefecturas y los Gobiernos Municipales son responsables de coordinar con los organismos sectoriales, dentro del ámbito de su competencia y jurisdicción territorial, los asuntos de interés ambiental. Al finalizar el programa de perforación, el líquido almacenado deberá ser dispuesto mediante el uso de un método aprobado en la DIA o DAA. 0000072553 00000 n Disponer en forma apropiada la vegetación cortada, para cuyo efecto podrá ser picada, troceada y desparramada a fin de evitar la erosión y fomentar la revegetación del lugar. La necesidad de instalar un sistema de detección y recolección de los líquidos lixiviados. Este documento tiene carácter de Licencia Ambiental. Cumplidos los requisitos previstos en el artículo anterior, la autoridad receptora procederá de acuerdo con lo establecido en el Art. Retirar todos los restos o escombros de los equipos e instalaciones generados por las operaciones. La Autoridad Ambiental Competente realizará los actos de inspección y vigilancia que considere necesarios en los establecimientos, obras y proyectos en que decida hacerlo, a fin de verificar el cumplimiento de la ley, del presente Reglamento y demás instrumentos normativos de la gestión ambiental. Almacenar los productos químicos sobre una plataforma impermeable, la cual deberá contar con muros cortafuego, para evitar descargas en caso de derrames. El Ministerio ejerce las funciones de fiscalización general a nivel nacional, sobre las actividades relacionadas con el medio ambiente y los recursos naturales;  establece mecanismos de concertación con los sectores público y privado para adecuar sus actividades a las metas ambientales previstas por el gobierno; planifica, implementa y administra los Sistemas Nacionales de Información Ambiental, de Evaluación de impacto Ambiental y Control de la Calidad Ambiental de acuerdo a reglamentación específica; y promueve, difunde e incorpora en la educación, la temática del Medio Ambiente en el marco del Desarrollo Sostenible, entre otras. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES. ��vw���tw��vr����Oar��k�p�c�9\�.Yf�i���i��oՐ�q��y����]��(\�#ާ��^6M�I�ml��vW��kwzu��1�-t�[���5�}����-�t^�vl�x;=��3~>���yI��o�}��0V�5$�"^kW�NB��7n�Η�w5&E�ɋE�E~'��W�xGށ��=�$��96-r��Q3_������sr��=ك��`#��9. En consecuencia la AAC para estas actividades petroleras es el MDSMA. Minimizar los ruidos y vibraciones en los sitios donde sea posible, de acuerdo a los límites establecidos en el anexo 6 del Reglamento de Contaminación Atmosférica. 6 0 obj REGLAMENTO GENERAL DE GESTION AMBIENTAL DE 8 DE DICIEMBRE DE 1995 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL OBJETO ARTÍCULO l.-El presente Reglamento regula la gestión ambiental en el marco de lo establecido por la LEY Nº1333, exceptuándose los capítulos que requieren de legislación o reglamentación expresa. Los bienes y/o instrumentos de uso legal producto de decomisos, no sujetos a protección, deberán ser subastados públicamente, debiendo ingresar los recursos económicos que se obtengan a la cuenta especial referida en el artículo precedente. que Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación . Minimizar la alteración de la vegetación y hábitat naturales, terrestres y acuáticos. 0000010208 00000 n Plan de Estudios del Magíster en Gestión y Planificación Ambiental de la . La participación ciudadana en los procesos de decisión particular relativos a proyectos, obras o actividades se realizará a través de las OTB's y deberá regirse al procedimiento establecido en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental. El Ministro pronunciará Resolución Ministerial en el plazo de 20 días desde la fecha en que el asunto sea elevado a su conocimiento, previo informe legal. 38 0 obj << /Linearized 1 /O 40 /H [ 1080 247 ] /L 166069 /E 76658 /N 11 /T 165191 >> endobj xref 38 32 0000000016 00000 n 0000004733 00000 n Descripción de las principales circunstancias del derrame. Asegurar que el personal asignado a las labores de topografía realice su trabajo marcando y delimitando los lugares definidos que son de interés arqueológico y cultural, para evitar daños a estos recursos. Los muros deben ser diseñados para contener el l10% del volumen del tanque de mayor dimensión. trailer <<72E6DB0A1ECF4DEB833DB8C6B267153B>]/Prev 202121>> startxref 0 %%EOF 99 0 obj <>stream .ִ1��z�0f1�JPa <>stream 0000007977 00000 n Construir la plataforma de perforación de manera que el agua del drenaje de ésta y de las unidades de bombeo desagüe dentro de la fosa. Ejecutar, en caso necesario, un programa para la restauración de aguas subterráneas y/o superficiales contaminadas. Asegurar que los acuerdos de derecho de vía sean negociados con los propietarios con anterioridad a la construcción de éstas. Realizar esta operación en el menor tiempo posible, para minimizar los impactos al ambiente acuático. La profundidad de las aguas subterráneas y evaluación de posibles efectos contaminantes. A efectos del cumplimiento del Art. En las áreas de operación dentro de las instalaciones industriales la Responsable debe proveer a los empleados de equipos de protección auditiva. Evitar la alteración de la vegetación que se halla dentro de los l00 metros de proximidad a las orillas de los cuerpos de agua principales y 20 metros de proximidad a ríos, lagunas y lagos secundarios. 8 0 obj Identificación de todos los desechos sólidos y líquidos generados durante los diferentes procesos. En caso de disponer los lodos de perforación base agua en la superficie del terreno, no contravenir las normas establecidas. Marcar los límites laterales del derecho de vía con estacas y banderolas. La Autoridad Ambiental Competente promoverá la participación ciudadana en la gestión ambiental, mediante campañas de difusión y educación vinculadas directa o indirectamente a la conservación de los recursos naturales y del medio ambiente. Usar prioritariamente aditivos de composición química ambientalmente aceptados en los sistemas de lodos. presente Reglamento, bajo el siguiente detalle: ARTÍCULO 133.- (REINYECCIÓN DEL AGUA DE FORMACIÓN). En esta sección puedes buscar los artículos de las normas que concuerden con tus propios criterios de búsqueda. Texto completo del Reglamento. En la eventualidad de producirse un derrame, la Responsable en un plazo no mayor a los 10 días hábiles siguientes a éste, deberá efectuar la comunicación a la OSC, presentando en forma escrita la siguiente información: La Responsable debe asegurarse de que los componentes del Plan de Contingencia, cumplan con los Reglamentos de Seguridad Industrial. Equipar los tanques de almacenamiento de productos con alarmas y sistemas de detección de fugas. Los ciudadanos, las OTB's u otras entidades legalmente constituidas, podrán contribuir a los procesos de decisión general a través de iniciativas ante la Autoridad Ambiental Competente o conformando los grupos de consulta y asesoramiento creados al efecto por esta Autoridad. MA: Manifiesto Ambiental MDSMA: Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente PCEIA: Procedimiento Computacional de Evaluación de Impacto Ambiental SNRNMA: Secretaría Nacional de Recur - sos Naturales y Medio Ambiente SSMA: Subsecretaría de Medio Ambiente De acuerdo con lo prescrito por los Arts. La participación ciudadana en los procesos de decisión particular relativos a proyectos, obras o actividades se realizará a través de las OTB's y deberá regirse al procedimiento establecido en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental. Disponer adecuadamente los depósitos de desechos, para evitar el acceso de animales, especialmente roedores, cuya presencia podría eventualmente ser causa de daños a la salud. El MDSMA propondrá, a las instancias que correspondan, los instrumentos económicos de regulación ambiental, los mismos que conformarán el sistema de instrumentos económicos de regulación ambiental destinados a coadyuvar la consecución de los objetivos de la. La DAA es el documento emitido por la Autoridad Ambiental Competente por el cual se aprueba, desde el punto de vista ambiental, la prosecución de un proyecto, obra o actividad que está en su fase de operación o etapa de abandono, a la puesta en vigencia del presente Reglamento. 0000010689 00000 n 0000002187 00000 n 178 del Reglamento de Prevención y Control Ambiental. Mantener el muro cortafuego en adecuadas condiciones de uso, evitando que en el área circundante a éstos no crezca hierbas u otro vegetal. ejercer las funciones de órgano normativo, encargado de formular, definir y velar por el cumplimiento de las políticas, planes y programas sobre la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales; ejercer las funciones de fiscalización general a nivel nacional, sobre las actividades relacionadas con el medio ambiente y los recursos naturales; establecer los criterios ambientales que deben ser incorporados en la formulación de las políticas sectoriales y en los procesos de planificación del desarrollo nacional, en coordinación con los organismos involucrados; coadyuvar al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en la formulación de la política internacional en materia ambiental y definir con éste los instrumentos y procedimientos de cooperación externa; establecer mecanismos de concertación con los sectores público y privado para adecuar sus actividades a las metas ambientales previstas por el gobierno; definir los instrumentos administrativos y, en coordinación con las autoridades sectoriales, los mecanismos necesarios para la prevención y el control de las actividades y factores susceptibles de degradar el medio ambiente, y determinar los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambiental de las actividades económicas; planificar, implementar y administrar los Sistemas Nacionales de Información Ambiental, de Evaluación de impacto Ambiental y Control de la Calidad Ambiental de acuerdo a reglamentación específica; definir políticas y dictar regulaciones de carácter general para la prevención y control de la contaminación atmosférica e hídrica, actividades con sustancias peligrosas y gestión de residuos sólidos, en coordinación con los organismos sectoriales correspondientes; proponer y adecuar los límites máximos permisibles de emisión, descarga transporte o depósito de sustancias, compuestos o cualquier otra materia susceptible de afectar el medio ambiente o los recursos naturales renovables, en coordinación con el organismo sectorial correspondiente; implementar y administrar el registro de consultoría ambiental; suscribir convenios interinstitucionales relativos a la temática ambiental y de recursos naturales; promover, difundir e incorporar en la educación, la temática del Medio Ambiente en el marco del Desarrollo Sostenible; emitir criterio técnico cuando se susciten problemas transfronterizos internacionales en materia de medio ambiente y recursos naturales; formular el Plan de Acción Ambiental Nacional y velar por su cumplimiento, en coordinación con los organismos sectoriales correspondientes; promover la firma, ratificación e implementación efectiva de los tratados, convenios, protocolos y demás instrumentos internacionales destinados a la conservación del medio ambiente y los recursos naturales; implementar sistemas de capacitación y entrenamiento en materia ambiental para funcionarios, profesionales y técnicos de organismos nacionales, ectoriales, departamentales y municipales; intervenir subsidiariamente, de oficio o a petición de parte, en caso de incumplimiento de la Ley del Medio Ambiente por parte de organismos ectoriales, departamentales y municipales, para cuyo efecto fiscalizará y requerirá la información que corresponda; conocer en grado de apelación las resoluciones administrativas emitidas por los Prefectos; otras que se establezcan por disposiciones específicas. De acuerdo a lo establecido por los Arts. 100 de la Ley. Ubicar las áreas de almacenamiento de combustibles a una distancia mínima de 100 metros de los cuerpos de agua. Controlar estas actividades dentro del área de operaciones, a fin de reducir su interferencia fuera de dicha área, mediante el control de la erosión. En situaciones donde logística y económicamente no sea posible el transporte de estos líquidos a instalaciones receptoras, éstos deberán ser quemados en instalaciones adecuadas con control de emisiones. Es obligación de la Autoridad Ambiental Competente difundir periódicamente información de carácter ambiental a la población en general. Para la eliminación de la descarga de líquidos, la Responsable debe implementar un sistema de trampa de líquidos en el sistema de quema. Reglamento General de Gestión Ambiental, Reglamento de Prevención y Control Ambiental y otras disposiciones legales vigentes. Se consideran infracciones administrativas las contravenciones a los preceptos de la. endobj Las medidas para controlar el drenaje de agua superficial. Dicho informe será puesto en vigencia mediante, Decreto Supremo, y constituirá un documento oficial, de referencia obligatoria en la materia. 103 y 104 del Reglamento de Prevención y Control Ambiental. Prohibir la disposición de desechos aceitosos a las fosas de lodo u otras fosas en la superficie del terreno y cuerpos de agua. Evaluar los impactos ambientales potenciales que puedan producirse como resultado del tipo de transporte y rutas elegidas. Seleccionar y construir las instalaciones en el sitio, tomando en cuenta especialmente el tiempo que el mismo será utilizado. Los costos de impresión correrán por cuenta del peticionario, cuando la información solicitada sobrepase de tres (3) páginas. Es obligación de la Autoridad Ambiental Competente difundir periódicamente información de carácter ambiental a la población en general. Ubicarlos en los lugares en los que las operaciones así lo permitan. Actualizar el plan de abandono y restauración del EIA o MA de acuerdo a lo indicado en el inciso anterior. Prohibir la utilización de éstos en ríos, lagos y lagunas, los mismos que deben reemplazarse por otras técnicas que no lesionen el hábitat acuático, especialmente en tiempo de veda. Capítulo incorporado por el parágrafo II del Artículo 2 del. La Autoridad Ambiental Competente podrá acordar con los dueños de propiedades particulares la instalación dentro de éstas de los sistemas y equipos señalados en el articulo anterior. El MDSMA participará en la formulación de políticas, proyectos normativos, planes y programas de acción de los organismos públicos sectoriales, vinculados directa o indirectamente a la temática ambiental y/o a los recursos naturales. Cuando la construcción de ésta no sea factible, dichos residuos deberán almacenarse en un tanque. 0000001717 00000 n Evitar, en lo posible, la alteración de la vegetación y los suelos durante las operaciones sísmicas, reduciendo el área de deforestación y limpieza del suelo al mínimo necesario, tomando las precauciones para que las operaciones se ejecuten de acuerdo a normas de seguridad. El Texto Base del utilizado por InfoLeyes corresponde al Texto aprobado por DS 24335 de 19/07/1996, Nombre del Título modificado por el parágrafo II del Artículo 2 del DS 29595 de 11/06/2008, TÍTULO IIIDE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIASCAPÍTULO ÚNICO, Título incorporado por el Artículo 2 del DS 2400 de 10/06/2015, Capítulo incorporado por el parágrafo II del Artículo 2 del DS 29595 de 11/06/2008, TABLA DE PROCEDIMIENTO PARA Reglamento General de la Gestión Ambiental y Reglamento de Prevención y Control Ambiental. Seleccionar la ruta para evitar posibles daños a zonas ambiental, social y culturalmente sensibles, las mismas que por sus características puedan ser afectadas. La audiencia pública en ningún caso procederá para resolver controversias o denuncias. Proceder al almacenamiento en la eventualidad de que los suelos, ramas y restos de vegetales cortados sean necesarios para la restauración del sitio, una vez finalizada la etapa de la construcción. Todos los derrames de productos químicos deberán ser inmediata y completamente limpiados. 0000034424 00000 n El trámite de aprobación del MA deberá regirse por lo dispuesto en los Arts. Conectar todos los tanques de almacenamiento a tierra, para evitar descargas de electricidad estática. Prohibir a sus dependientes y subcontratistas la compra o recolección de recursos arqueológicos y culturales, denunciando cuando terceros realicen estas actividades en sus áreas de operación. Para este efecto, se recomienda prioritariamente el uso de la técnica de reinyección, la cual será efectuada de acuerdo con un diseño de sistema y operación incluido en el EIA o el MA. Para el uso de explosivos, la Responsable debe: Para las operaciones de restauración y abandono, la Responsable debe: Para la selección del sitio de la planchada, la Responsable debe: Para la preparación de la planchada, la Responsable debe: Para el manejo de los desechos sólidos y líquidos, la Responsable debe: Para la disposición de los desechos sólidos y líquidos de la perforación, terminación e intervención, la Responsable debe: Para la disposición de fluidos de terminación, intervención y pruebas de terminación del pozo, la Responsable debe: En los casos en que se requiera disponer los ácidos y aditivos que se hayan utilizado en los trabajos de cementación y/o tratamientos del pozo, esta actividad debe ser realizada de acuerdo a lo dispuesto por el capitulo VII del Reglamento para Actividades con Sustancias Peligrosas de la Ley del Medio Ambiente Nº 1333. Recolectar, seleccionar y disponer todos los desechos y residuos, de manera que no constituyan un peligro para la salud pública. Cada cinco años, el MDSMA elaborará, a través del Sistema Nacional de Información Ambiental, el Informe Nacional sobre el Estado del Medio Ambiente y presentará cada año el informe correspondiente a la gestión. 21 y 96 de la. Los organismos públicos sectoriales competentes en aspectos vinculados a la temática ambiental y a los recursos naturales, serán los encargados en forma conjunta y de acuerdo con lo establecido en el artículo anterior, de la aplicación de la política ambiental, de las disposiciones legales y de los planes, programas y directrices sectoriales aprobados. Para realizar las pruebas de producción, la Responsable deberá conducir los fluidos de éstas a instalaciones receptoras para su tratamiento e incorporación en la producción del campo. La ubicación de habitantes en la vecindad y la evaluación de riesgos a la salud pública. actividades donde se requiera la medición de la emisión de fuentes móviles, emisión de presión sonora y control de calidad de aire, se aplicarán los Límites establecidos en el Reglamento en Materia de Contaminación Atmosférica y sus modificaciones. Toda persona u organización denunciante es responsable civil y penalmente, en el marco de la ley, por los daños y perjuicios que pueda causar con su denuncia. amonestación escrita cuando la infracción es por primera vez, otorgándole al amonestado un plazo perentorio conforme a la envergadura del proyecto u obra, para enmendar su infracción; de persistir la infracción, se impondrá una multa correspondiente a una cifra del 3 por 1000 sobre el monto total del patrimonio o activo declarado de la empresa, proyecto u obra; revocación de la autorización, en caso de reincidencia. El presente Reglamento General entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial, {{juri.tribunal.nombre_entidad_jurisprudencia}}, VERSION {{versions.current}} / {{versions.count}}, Servicios de agua potable y alcantarillado, Defensa de la competencia y del consumidor, Registro de comercio y regulación comercial, Planificación económica e inversión pública, Políticas sectoriales y promoción inversiones, Órgano Judicial y Tribunal Constitucional, {{juri.tribunal.link_entidad_jurisprudencia}}, {{norm.tipo.nombre_tipo_norma}} {{norm.numero_norma}}. Esta acción debe continuar durante toda la fase de construcción. 1333 del MedioAmbiente, de 27 de abril de 1992. Las muestras para el control de las descargas de agua residuales deberán ser tomadas a la salida de la planta de tratamiento inmediatamente después del aforador de las descargas y las destinadas al estudio de dilución en él cuerpo receptor de flujo continuo a una distancia entre cincuenta (50) y cien (100) metros del punto de descarga y dentro del cuerpo receptor (aguas abajo). Descripción del programa propuesto para la rehabilitación del sitio. De ser necesario, la Autoridad Ambiental Competente, los Organismos Sectoriales Competentes o el Gobierno Municipal, en uso de sus facultades específicas, podrán contratar los servicios especializados de personas u organismos privados, para que realicen las actividades técnicas de control ambiental previstas en este Capítulo. Restablecer el derecho de vía con una cubierta vegetal a tiempo de proceder a la nivelación del terreno. 97 de la. La Licencia Ambiental tendrá vigencia por el lapso de diez años. De acuerdo con lo prescrito por los Arts. Compatibilidad del fluido con la formación receptora. Cooperación operacional con otras Responsables y organizaciones gubernamentales. Reacondicionar en el sitio todos los suelos que hayan sido contaminados con aceites o productos químicos. Para este efecto se permitirá la incineración de desechos sólidos, considerados no peligrosos, únicamente en incineradores portátiles, equipados con sistemas de control de emisiones a la atmósfera. *����QRRB�"��w"��B��P���.$�2 Acondicionar el área al finalizar el programa de perforación, terminación o intervención de acuerdo al plan aprobado, cuya aplicación dependerá de la continuidad del uso del sitio. ARTÍCULO 129.- (RECOMENDACIÓN DE RECHAZO). Los ciudadanos, las OTB's u otras entidades legalmente constituidas, podrán contribuir a los procesos de decisión general a través de iniciativas ante la Autoridad Ambiental Competente o conformando los grupos de consulta y asesoramiento creados al efecto por esta Autoridad. El presente Reglamento regula la gestión ambiental en el marco de lo establecido por la. Para la realización de la audiencia pública, quien la presida constituirá un Comité Técnico representado por los sectores involucrados en la temática a tratar, el cual emitirá informe previo análisis de las opiniones y sugerencias vertidas durante la misma. Las zonas de alta sensibilidad ambiental tales como: hábitat de fauna silvestre, comunidades de plantas raras y únicas, zonas de recarga de agua subterránea. Enterrar los desechos sólidos no combustibles, que no sean tóxicos o metálicos, a una profundidad mínima de un metro, siempre y cuando el nivel freático lo permita. El Manifiesto Ambiental tiene calidad de declaración jurada y puede ser aprobado o rechazado por la Autoridad Ambiental Competente de conformidad con lo prescrito en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental. Se entiende por gestión ambiental, a los efectos del presente Reglamento, al conjunto de decisiones y actividades concomitantes, orientadas a los fines del desarrollo sostenible. El MDSMA, en la formulación y puesta en vigencia de cada uno de los instrumentos económicos de regulación ambiental propuestos, deberá establecer un proceso de evaluación técnico-económica en el cual participen los organismos de los sectores públicos y privados involucrados. 1457 FA: Ficha Ambiental IIA: Identificación de Impacto Ambiental LEY: Ley No. Realizar esta operación con la misma tierra antes de la reposición del suelo. Ambiental Competente por el cual se aprueba, desde el punto de vista ambiental, la prosecución de un proyecto, obra o actividad que está en su fase, de operación o etapa de abandono, a la puesta en vigencia del presente reglamento. MECANISMOS DE FINANCIACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL: . Asegurar que el área de perforación se ajuste a normas de seguridad industrial. 1 0 obj En forma previa a la realización de la audiencia la iniciativa debe ser puesta en conocimiento de los interesados, cuya opinión deberá ser remitida por escrito a la Autoridad Ambiental Competente en el término de diez días, para su consideración en la audiencia pública. Para la realización de actividades de intervención menor sin equipos, la Responsable debe disponer de las instalaciones para el almacenamiento, tratamiento y disposición de los fluidos de intervención, además de materiales, aditivos e insumos propios de la actividad, de acuerdo con lo establecido en los Reglamentos, de la Ley Nº 1333 y norma API. Enviar el fluido producido a la línea de flujo y luego a la instalación de producción del campo en los casos donde sea posible la producción de líquidos. Equipar todos los campamentos con sistemas aprobados para el tratamiento de aguas servidas. Dicho entrenamiento contendrá procedimientos y reacciones ante la presencia de derrames o emergencias, con el objeto de prevenir la salud pública y evitar daños al ambiente, debiendo mantener un registro de dichos entrenamientos para el respaldo correspondiente. Zonas de alta sensibilidad ambiental tales como: hábitat de fauna silvestre, comunidades de plantas raras y únicas, zonas de recarga de agua subterránea. 1.333). Asimismo, es responsable del tratamiento de los asuntos ambientales dentro el Gabinete Ministerial. Añadir cal u otro tipo de químico similar a las fosas sanitarias, para el tratamiento de los desechos sanitarios, evitando de esta manera el establecimiento de focos de infección. La audiencia pública se efectuará de acuerdo con lo establecido en el Capítulo IV del presente Título. Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental, Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, Procedimiento Computacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Secretaría Nacional de Recursos Naturales y Medio Ambiente, Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Sistema Nacional de Control de la Calidad Ambiental. 5 del presente Reglamento. Tipo de tanque (nombre del fabricante, material y especificaciones). Mantener una zona de protección adyacente a los ríos, arroyos y lagos a fin de no alterar el suelo y la vegetación, conservando una distancia de por lo menos 100 metros entre el derecho de vía y los cuerpos de agua. Además, se deberá tomar una muestra aguas arriba entre cincuenta (50) y cien (100) metros del punto de descarga. Seleccionar el sitio que presente el mínimo riesgo sobre la fauna, flora y las comunidades locales. endobj 0000006350 00000 n Recuperar los aceites usados y otros desechos combustibles, de acuerdo a lo establecido en la DIA o la DAA, aprobado por AAC. En los casos en los que sea posible su incineración, dicha operación será efectuada mediante el uso de instalaciones debidamente equipadas con mecanismos de control de emisiones. Esta distancia no será aplicable en caso de que el ducto cruce cualquiera de los citados cuerpos de agua. Obtener la aprobación de la AAC en el EIA, para la utilización del agua. Construir muros contrafuego para todos los tanques de productos, a fin de contener derrames y evitar la contaminación de tierras y aguas superficiales cercanas. Ubicar y construir la fosa de quema previo análisis del rumbo de los vientos predominantes, para reducir los eventuales riesgos de incendio. x��VKr�8�����B� �d%�*���"k9��4p�#�o5����\`���'�I�UD�u�{�|!dB�?�*x�R1l����� �BHxq,BP1�Zl�0Wi�N�8I�_�C�e| 0000010964 00000 n Determinación de la tasa de carga acumulativa de contaminantes en los suelos. Estabilizar los bordes de los terraplenes para minimizar la erosión. $12.00 (USD) Prohibir en todos los casos la deforestación mediante el uso de fuego. Descripción de los procedimientos de registro de los desechos. H�b```f``�``e`�ad@ (��q��^���${0�`݌�? Bolivia: Reglamento General de Gestión Ambiental, 8 de diciembre de 1995 REGLAMENTACION DE LA Ley Nº 1333 DEL MEDIO AMBIENTE REGLAMENTO GENERAL DE GESTION AMBIENTAL Título I Disposiciones generales Capítulo I Del objeto Artículo 1°.- El presente Reglamento regula la gestión ambiental en el marco de lo Este es el reglamento general de gestión ambiental: El presente Reglamento regula la gestión ambiental en el marco de lo establecido por la LEY Nº1333, Iniciar sesión Registrate. el nombre del servidor público autorizado; el lugar y fecha en que se efectuará la inspección; costo económico y social del proyecto o actividad causante del daño; beneficio económico y social obtenido como producto de la actividad infractora; iniciar una actividad o implementar una obra o proyecto sin contar con el certificado de dispensación o la DIA, según corresponda; presentar la FA, el EEIA, el MA o el reporte de Autoridad Ambiental con información alterada; presentar el MA fuera del plazo establecido para el efecto; no cumplir las resoluciones administrativas que emita la Autoridad Ambiental Competente; alterar, ampliar o modificar un proyecto, obra o actividad sin cumplir el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA); no dar aviso a la Autoridad Ambiental Competente de la suspensión de un proyecto, obra o actividad; el incumplimiento a la aplicación de las medidas correctivas o de mitigación posteriores a las inspecciones y plazo concedidos para su regulación, conforme lo establece el Art. La Autoridad Ambiental Competente deberá responder en un plazo no mayor de quince días y previa audiencia pública, a las peticiones interpuestas. El origen de los desechos y el análisis químico. Considerar los efectos del proyecto, obra o actividad sobre la seguridad pública y la protección del medio ambiente. Limitar la extracción de agua a una cantidad que no sobrepase el 10 % del volumen de cuerpos de agua estáticos tales como lagos o lagunas, ni el 10 % del flujo de cuerpos de agua dinámicos tales como ríos o arroyos. Inspección de fugas y factores que afecten la operación. Utilizar instalaciones equipadas con sistemas de control de emisiones atmosféricas. Recoger las aguas acumuladas de las precipitaciones pluviales para su desvío por medio de diques, alcantarillas y zanjas. La Declaratoria de impacto Ambiental es el instrumento público expedido por la Autoridad Ambiental Competente, en el que se determina, teniendo en cuenta los efectos previsibles, la conveniencia o inconveniencia de realizar la actividad proyectada y, en caso afirmativo, las condiciones que deben establecerse en orden a la adecuada protección del ambiente y los recursos naturales. Vencido el plazo, con o sin respuesta del contraventor, la Autoridad Ambiental Competente pronunciará Resolución Administrativa, con fundamentación técnica y jurídica, en un plazo perentorio de quince (15) días calendario. ARTICULO 9. Almacenar los residuos líquidos de la perforación en la fosa de lodos. Determinación mensual de los volúmenes para cada tipo de desecho. la formulación y establecimiento de políticas ambientales; los procesos e instrumentos de planificación ambiental; el establecimiento de normas y regulaciones jurídico-administrativas; la definición de competencias de la autoridad ambiental y la participación de las autoridades sectoriales en la gestión ambiental; las instancias de participación ciudadana; la administración de recursos económicos y financieros; el fomento a la investigación científica y tecnológica; el establecimiento de instrumentos e incentivos. Si esto ocurriera, el agua deberá ser previamente tratada antes de la descarga o reinyección. Para la construcción de instalaciones nuevas, la Responsable debe mantener una zona de protección de 300 metros, entre el límite de la planta y el área poblada más cercana. Construir barreras impermeables, para conducir el flujo de agua infiltrada hacia la superficie del terreno y posteriormente fuera del derecho de vía. La audiencia pública se efectuará de acuerdo con lo establecido en el Capítulo IV del presente Título. 90 de la Ley de Medio Ambiente Nº 1333, creará incentivos para aquéllas actividades que incorporen en sus operaciones los métodos conducentes a lograr la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. Esta Resolución determinará las acciones correctivas, la multa y el plazo de cumplimiento de estas sanciones. al Un permiso de disposición final deberá ser necesariamente solicitado en el EEIA o en una solicitud complementaria. 01/09/2023. Para el manejo del drenaje en las instalaciones industriales, la Responsable debe: Para el manejo de desechos y residuos sólidos y líquidos, la Responsable debe aplicar los principios aceptados para el manejo de desechos en lo que se refiere a la reducción, uso repetido, reciclaje y recuperación, para reducir la cantidad de desechos generados como resultado de las operaciones industriales. Ubicar los lugares de extracción de agua a una distancia mínima de dos kilómetros aguas arriba de las tomas de agua potable. Ambiental y de Control de Calidad Ambiental (SNCCA); interconectar los sistemas de información ambiental propios de los niveles nacional, departamental y municipal; articular e interconectar la información con el Sistema Nacional de Información Estadística. normas técnicas sobre limites permisibles en materia de su competencia; planes sectoriales y multisectoriales que consideren la variable ambiental; la Ficha Ambiental informes sobre la categoría de EEIA de los proyectos, obras o actividades de su competencia; los EEIA o MA e informes al Prefecto para que emita, si es pertinente, la DIA o la DAA, respectivamente, de acuerdo con lo dispuesto por el RPCA. Proceder a la reforestación y/o revegetación nativa, en áreas donde ésta haya sido removida completa o parcialmente, como resultado de la construcción de fosas de desechos sólidos, perforaciones para uso de explosivos u otras operaciones. c.����3�� Retirar del lugar todo desperdicio, equipos y obras civiles construidas o enterradas. Para la preparación del sitio, la Responsable debe almacenar el suelo que fue removido como resultado de las actividades de limpieza, a fin de proceder, si corresponde, al posterior reacondicionamiento de sitios de operación. En la formulación de los Planes Departamentales de Desarrollo Económico y Social se tomará en cuenta los aspectos de gestión ambiental y conservación de los recursos naturales; asimismo, se considerará los planes y sistemas señalados en el Capítulo I del presente Título. 0000001327 00000 n Recolectar y disponer de todas las marcas temporales y estacas, después de finalizar operaciones, excepto las marcas permanentes y estacas que marcan las intersecciones de las líneas sísmicas que serán reutilizadas. Asegurar que todo material de desecho se encuentre marcado y almacenado en un lugar apropiado, para su posterior disposición final. Todos los derrames de hidrocarburos, agua salada o químicos fuera del sitio o dentro del sitio cuyos volúmenes sean superiores a 2 metros cúbicos (2m3), deben ser inmediatamente comunicados a la OSC. Caso contrario, dichos suelos deberán ser retirados y traslados para su correspondiente tratamiento y/o disposición en un lugar previamente definido en el EEIA. En esta sección se muestran las concordancias encontradas en base a descriptores pre-establecidos. Ubicación de todos los lugares donde se encuentren las fosas sanitarias. Reglamento General de Gestión Ambiental - Aprobado por DS 24176 de 08/12/1995 . Cuando se planifique un proyecto, obra o actividad, durante la realización del EIA, en cumplimiento del Art. A petición escrita de los ciudadanos, y formulada en el término de quince (15) días hábiles, a partir de la fecha de recepción de la solicitud la Autoridad Ambiental Competente les informará sobre otras decisiones particulares relativas a los instrumentos de regulación directa, tales como licencias ambientales o permisos, y les proporcionará la documentación pertinente. Se prohíbe la dilución de las descargas líquidas para lograr las concentraciones de los límites permisibles señalados en la tabla 7.1.1 del Anexo 7 del presente Reglamento; Se prohíbe la conexión cruzada de aguas residuales asimilables a domésticas, pluviales, y aguas residuales de procesos hidrocarburíferos; Se prohíbe la descarga de efluentes en cuerpos de agua que no tengan flujo continuo como lagunas, embalses, entre otros. Determinar el drenaje natural de agua existente en el área, para minimizar la construcción de zanjas y alcantarillas. El monitoreo dentro del área de influencia del proyecto, obra o actividad se realizará a cargo de la Responsable. Establecer los procedimientos para resguardar la seguridad de los empleados, pobladores, vida silvestre y propiedades con carácter previo a la ejecución de cualquier técnica que implique el uso de explosivos. Para la preservación del recurso agua, la Responsable debe aplicar métodos conducentes a la conservación y reciclaje de este elemento. El Organismo Sectorial Competente podrá recomendar a la Autoridad Ambiental Competente el rechazo de la Ficha Ambiental, Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental o Manifiesto Ambiental de Actividades, Obras o Proyectos en el marco de la normativa ambiental vigente. El infractor podrá apelar de la Resolución Administrativa ante el Ministro con la debida fundamentación en el término perentorio de cinco (5) días calendario hábiles computables a partir del día siguiente hábil de su notificación desde la fecha de su notificación. Para la evaluación y selección de las opciones de movilización, la Responsable debe: En zonas donde sea requerida la construcción de caminos nuevos o vías de acceso, la Responsable debe: Para la selección y construcción de operaciones temporales o permanentes, la Responsable debe: Para el manejo de los campamentos, pistas y helipuertos, la Responsable debe: Para el tratamiento de aguas servidas, la Responsable debe asegurarse de que los campamentos se hallen equipados con instalaciones aprobadas para el tratamiento de tales aguas. La Responsable debe adquirir e instalar el equipo para la atención de derrames y limpieza identificado en el Plan. competen en el desarrollo de la gestión ambiental. Mantener las raíces de las plantas intactas, para prevenir la erosión y promover la revegetación. Sistemas de protección contra la corrosión. Diseñar un sistema de drenaje, para recolectar el agua pluvial por medio de diques, alcantarillas y desagües hacia un sistema de recolección o un cuerpo de agua. MA: MDSMA: PCEIA: SNRNMA: SSMA: . La responsabilidad sobre el pasivo ambiental se regirá de acuerdo a lo dispuesto por el Art. Parágrafo del artículo 49 de la Ley 1333 de 2009 Febrero de 2023 Paragrafo del Artículo 49 de la Ley 1333 de 2009- Constitución Politica de Colombia Art. Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático y a los compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano ante la CMNUCC; . La Autoridad Ambiental correspondiente solicitará al Ministerio Público que intervenga en la gestión ambiental, y éste actuará obligatoriamente en casos de denuncia y, de oficio, en los señalados por la Ley del Medio Ambiente, en defensa del interés colectivo, de la conservación del medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales renovables. La negativa a otorgar información por parte de la Autoridad Ambiental Competente, deberá ser motivada por razones establecidas por la Ley y la reglamentación pertinente y procederá únicamente cuando la información solicitada comprometa: secretos de Estado y de defensa nacional, secretos de la vida privada de las personas y secretos del comercio o de la industria. también incluye parámetros físicos, químicos y biológicos que caracterizan a un efluente o a una emisión, que al ser excedido puede causar daños a la salud, bienestar humano y al ambiente. Sistema Nacional de Información Ambiental; Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; estimación cuantitativa de los recursos naturales; estadísticas que muestren la evolución y modificación de los recursos naturales; registros que permitan configurar la oferta de recursos naturales disponibles en relación con los sistemas de aprovechamiento, los cuales deberán referirse a horizontes temporales. Realizar la disposición de desechos conforme con lo estipulado por los Reglamentos de la Ley de Medio Ambiente Nº 1333 y del presente Reglamento. Para el desarrollo de la gestión ambiental, además del presente Reglamento, se aplicarán los siguientes: El MDSMA formulará, en coordinación con los Organismos Sectoriales Competentes, los siguientes instrumentos de regulación directa de alcance general: El MDSMA conformará y convocará, para la determinación de los instrumentos de regulación directa de alcance general, a reuniones de comisiones de asesoramiento técnico especializado, conformadas por profesionales y/o especialistas de organismos públicos y/o privados. 0000005809 00000 n h�b```b``�������A�؀����2����谠;����y�KY�/4�Q���zA�D��]�CL� [�600$�^/�T��[~?��zYe��U>O�8t(�%�7tF�;@���G_T��&�xD���� �ƄۥҚL�]�L�Ljs��x�`�l��I-�g�-�R;+Rj��B�\r9tH!Q��S'�vG�p�>��ȧ���I���`)�>&�� H�������j}�"�-6O�TL�|��%�?i�X ����$���A�{��� rC�C�� :���C�x&M���&)R�f��`C��Rqp�x�5$�[2ss��]�Zs.4p� �-���vghL�(�rӫI� J�4��[����f���KOr�+bz��E�(p��ɣ�pRf$� �G�2���L� ��8�L$:� � f�Ɂ]��3666q� ���� PY �0 Mantener en adecuadas condiciones de uso las instalaciones de incineración, de manera que sus componentes sean reparados a la brevedad posible. Esta responsabilidad persiste aún después de terminada la actividad de la que resultaren los daños. La Licencia Ambiental es el documento jurídico-administrativo otorgado por la Autoridad Ambiental Competente al Representante Legal, que avala el cumplimiento de todos los requisitos previstos en la ley y reglamentación correspondiente en lo que se refiere a los procedimientos de prevención y control ambiental. no implementar las medidas de mitigación aprobadas en el Programa de Prevención y Mitigación y en el Plan de Adecuación, de acuerdo con el respectivo Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental. Requerir un análisis de riesgos, para prever eventuales impactos a la salud pública y al medio ambiente. la competencias en la educación ambiental ensayos gratis y trabajos. En esta sección se muestran las concordancias encontradas en base a descriptores pre-establecidos. Planificar el uso de áreas y caminos de acceso ya existentes, líneas sísmicas abiertas anteriormente o cualquier otra vía de acceso realizada en la zona, para reducir daños ambientales en áreas que no hayan sido afectadas previamente. Utilizar calentadores indirectos de gas para la realización de pruebas de terminación de pozo gasíferos, cuando el caso así lo requiera. 0000001080 00000 n los datos que permitan identificar la fuente objeto de la denuncia; las normas ambientales vigentes incumplidas, si puede hacerlo. El Plan de Contingencias debe contener un detalle de equipos de comunicación y procedimientos para establecer una comunicación ininterrumpida de enlace entre los representantes gubernamentales, la OSC y otras entidades requeridas. Todas las Responsables que desarrollen actividades en el sector hidrocarburos, deberán presentar al OSC, hasta el primero de diciembre de cada año o dentro del plazo estipulado en cada contrato, el plan y presupuesto ambiental del año siguiente. La negativa a otorgar información por parte de la Autoridad Ambiental Competente, deberá ser motivada por razones establecidas por la Ley y la reglamentación pertinente y procederá únicamente cuando la información solicitada comprometa: secretos de Estado y de defensa nacional, secretos de la vida privada de las personas y secretos del comercio o de la industria. Descripción de todos los incineradores en funcionamiento. Las proporciones de la mezcla se calculan generalmente a partir de las medidas de tiempo o de caudal conforme lo establecen las Normas Bolivianas del Instituto Boliviano de Normalización y Calidad – IBNORCA. El trámite de aprobación del EIA deberá regirse por lo dispuesto en los Arts. Que la Ley Nº 1333, de 27 de abril de 1992, tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales; la misma que dispone . Reacondicionar todo terreno en el derecho de vía, a fin de restablecer sus propiedades y posterior uso. Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud. El presente Reglamento regula la gestión . 1333 del Medio Ambiente, de 27 de abril de 1992. Para el almacenamiento de lodos base aceite, fluidos salinos y residuos aceitosos, deberán usarse tanques o en su defecto fosas necesariamente recubiertas con arcilla o material impermeable. <>/Border[ 0 0 0]/Rect[ 211.203 407.3 281.95 420.5]/Subtype/Link/Type/Annot>> reglamento de gestion de residuos solidos residuos procedentes de de la limpieza de areas publicas Gestión de los residuos sólidos en su , recoleccion, manejo, tratamiento, selección, transporte, almacenamiento y disposición final de los residuos solidos. 0000074551 00000 n Si la construcción de fosas es requerida en suelos permeables o alterados previamente, donde exista riesgo de contaminación del agua subterránea deben ser revestidas o impermeabilizadas con arcilla, una membrana sintética u otro material para prevenir infiltraciones. Tratándose de bienes o instrumentos de uso ilegal se procederá a su decomiso y destrucción, de acuerdo con las normas en vigencia. Preparar un plan de abandono y restauración del lugar, como parte del EEIA o MA. REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DEL MEDIO AMBIENTE DECRETO Nº: 17 Fecha:21/03/2000 D. Oficial: 73 Tomo: 347 Publicación DO: 12/04/2000 . Estas especificaciones para este tipo de tanques están también definidas en la Norma Nº-CCL-200. endobj 0000003227 00000 n 0000034504 00000 n La apelación deberá ser formulada por oficio o memorial. Purgar los tanques de todos los vapores e inspeccionarlos para determinar la inexistencia de éstos. La Autoridad Ambiental Competente deberá llevar un registro donde se asentarán correlativamente las Licencias Ambientales otorgadas, su vigencia y sus condicionantes. La relación intersectorial se realizará a través de las instancias ambientales constituidas en las instituciones públicas de carácter nacional, departamental y municipal. El Manifiesto Ambiental es el instrumento mediante el cual el Representante Legal de un proyecto, obra o actividad en proceso de implementación, operación, o etapa de abandono, informa a la Autoridad Ambiental Competente del estado ambiental en que se encuentren el proyecto, obra o actividad y si corresponde proponer un Plan de Adecuación. Si es necesario almacenar dichos fluidos en tanques, éstos deberán ser cerrados y contar con muros cortafuego. El presente Reglamento tiene por objeto regular y establecer los limites y procedimientos para las actividades del sector hidrocarburos que se lleven a efecto en todo el territorio nacional, relativas a: exploración, explotación, refinación e industrialización, transporte, comercialización, mercadeo y distribución de petróleo crudo, gas natural y su respectiva comercialización, cuyas operaciones produzcan impactos ambientales y/o sociales en el medio ambiente y en la organización socioeconómica de las poblaciones asentadas en su área de influencia. . La implementación y administración del proceso de ordenamiento territorial en el país se sujetará a legislación expresa. PERMISIBLES). Identificación de los procedimientos de manejo, tratamiento y disposición, de acuerdo al tipo de desecho. Cuando las obras, proyectos o actividades se realicen en el ámbito departamental, se aplicará lo dispuesto por el art. Las Evitar la erosión en el área adyacente a la zanja por descarga de agua extraída proveniente de ésta. El CODENA se constituye en la principal instancia de relacionamiento y coordinación intersectorial de la gestión ambiental. ARTICULO 2º Se entiende por gestión ambiental, a los efectos del presente Reglamento, al . Obtener la aprobación de la AAC como parte del EEIA, antes de la construcción del ducto. 0000004004 00000 n Al mismo tiempo comunicará los riesgos en forma inmediata, a las autoridades competentes en materia de salud. Para la extracción de agua, la Responsable debe: La Responsable de las actividades petroleras deberá preparar y presentar, como parte componente del EEIA o el MA, un Plan de Contingencias para contrarrestar emergencias y derrames de petróleo, derivados de hidrocarburos, agua de formación y químicos, de acuerdo con los Reglamentos de Prevención y Control Ambiental de la Ley de Medio Ambiente Nº 1333 y el presente Reglamento. aguas deformación deberán ser reinyectadas a un nivel inferior respecto del nivel más profundo del cuerpo de agua dulce o aprovechable y bajo ninguna circunstancia descargadas en suelo y cuerpos de agua. Dicha área deberá ser revestida con una capa impermeable de arcilla o una membrana sintética. Toda persona u organización denunciante es responsable civil y penalmente, en el marco de la ley, por los daños y perjuicios que pueda causar con su denuncia. Prohibir fumar durante las pruebas de producción en el área de la planchada. La audiencia pública en ningún caso procederá para resolver controversias o denuncias. Ambiental y de Control de Calidad Ambiental (SNCCA); f) interconectar los sistemas de información ambiental propios de los niveles nacional, departamental y municipal; g) articular e interconectar la información con el Sistema Nacional de Información Estadística. ARTÍCULO 2.- Restaurar todos los drenajes superficiales a su condición original o equivalente. El ancho normal de la senda será de 1.2 metros y el máximo permitido será de 1.5 metros. Limitar la extracción de agua a una cantidad que no sobrepase el 10 % del volumen de cuerpos de agua estáticos, tales como lagos o lagunas, ni el 10 % del flujo de cuerpos de agua dinámicos tales como ríos o arroyos. Las sanciones administrativas a las contravenciones, siempre que éstas no configuren un delito, serán impuestas por la Autoridad Ambiental Competente, según su calificación y comprenderán las siguientes medidas: Independientemente de las sanciones a las contravenciones citadas en los Arts. Ejecutar un programa de muestreo y caracterización del lugar, para determinar la extensión, naturaleza de la contaminación y el eventual uso de la tierra en el lugar. El informe será remitido a la Autoridad Ambiental Competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la terminación de la audiencia y estará a disposición del público a partir de ese momento. Los elementos principales del medio ambiente que deben ser recogidos por los centros de información ambiental serán los que estén relacionados, entre otros, con el estado de las aguas superficiales y subterráneas, el aire, el suelo, la fauna, la flora, el paisaje, el ruido, los ecosistemas en general.

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